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miércoles, 11 de mayo de 2011

Deducciones autonómicas en el IRPF


Me he entretenido en hacer una comparativa de las deducciones autonómicas en el IRPF y he constatado que Aragón es uno de los patitos feos de España, en lo que a este tipo de deducciones se refiere.

Si hacemos un análisis en cuanto a número de deducciones, Aragón tiene 5 frente a, por ejemplo, Madrid con 13, Canarias con 15 y la Comunidad Valenciana con 23.

Si el análisis es cualitativo, es cuando nos echamos a llorar, ya que las 5 deducciones “aragonesas” son:

-         Por descendiente o adoptado ( a partir del 3º)
-         Por donaciones ecológicas
-         Por adopción internacional
-         Por cuidado de personas dependientes
-         Por adquisición de vivienda habitual por “victimas del terrorismo”.

Como se observa deducciones dirigidas a un amplio espectro de la población. Frente a estas, tenemos en otras comunidades deducciones tales como:

-         Por hijos ( desde el 1º)
-         Por alquiler y/o adquisición de vivienda habitual (sin necesidad de ser victimas del terrorismo).
-         Por gastos educativos
-         Por gastos de guardería
-         Por subidas del euribor en las hipotecas
-         Por ayudas al autoempleo
-         Para conciliar vida laboral y familiar
-         Por ejercer de amo/a de casa sin remunerar.

Esperemos que ahora que estamos en época de prometer, podamos parecernos un poco más a nuestros convecinos.

miércoles, 27 de abril de 2011

Disolución de la sociedad de gananciales

La disolución de la sociedad de gananciales, que es el régimen económico habitual en los matrimonios por defecto (salvo los casos de Cataluña, Baleares y Comunidad Valenciana) puede hacerse voluntariamente, cosa que se recomienda vivamente en los supuestos en que uno de los cónyuges se dedique a actividades empresariales o profesionales (a fin de salvaguardar el patrimonio de posibles demandas derivadas de tal actividad) y también obligatoriamente en caso de fallecimiento de uno de ellos. En estos casos la mitad de los bienes existentes se adjudican al viudo/a y la otra mitad al “fallecido” pasando a formar parte del caudal hereditario.
¿Qué mitad de los bienes interesa adjudicar al fallecido?. Pues evidentemente aquellos que al ser heredados supongan una menor repercusión impositiva. Así, por ejemplo:

            La vivienda habitual y la empresa familiar, dónde hay unas exenciones importantes para el heredero que oscilan entre el 50 y el 98% según las CCAA.
            Aquella parte del patrimonio común que haya tenido unas cuantiosas plusvalías. Por ejemplo unas acciones que se hayan revalorizado en una proporción elevada. Esto es así porque si, en el ejemplo, esas acciones pasan al heredero y este las vende, tributará por la diferencia de valor entre el momento de la herencia y el momento de la venta. Sin embargo si esas acciones se adjudican al cónyuge vivo y éste las vende, tributará por toda la plusvalía acumulada.

Resumiendo, hasta en los momentos más duros hay que pensar en el fisco…..

lunes, 25 de abril de 2011

Deducción por rehabilitación de vivienda


Como fomento a la creación de empleo  y evitar la economía sumergida, el gobierno va a ampliar, en concreto doblar, la deducción en el IRPF para la rehabilitación por vivienda.

Las principales novedades, respecto a la ya existente son:

    -        Se pasa del 10% y de una base máxima de deducción de 4.000 euros por contribuyente al 20% y una base máxima de 6.750 euros.
-        Se incrementa el tope máximo de base imponible para poder aplicar la deducción de 53.007,20 euros a 71.007,20 euros.
-        La deducción no sólo afecta a la vivienda habitual, sino también a la segunda residencia (aunque esté arrendada).
-        Las cantidades que excedan de la base a deducir se pueden deducir en los 4 ejercicios siguientes. Se amplia la base plurianual de deducción de los 12.000 euros actuales a los 20.000 euros.
Otras consideraciones:
-        No dan derecho a deducción las obras realizadas en garajes, piscinas, jardines, parques y zonas deportivas.
-        Las obras deberán ejecutarse antes de 31.12.2012
-        Las obras deben ser pagadas por tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuenta. No se admite el pago en metálico.
-        Hay que exigir factura con los requisitos legales exigidos.
-        Esta deducción es incompatible con la existente por adquisición de vivienda.

Aplaudamos cualquier medida que pueda suponer un respiro, máxime si con ello evitamos la lacra del trabajo sin declarar que tanto daño nos está haciendo.

domingo, 3 de abril de 2011

Asesoría Low Cost


Al igual que las gasolineras, es un fenómeno imparable la aparición de las asesorías low cost.

Francamente, y a diferencia de un gran número de profesionales, que ve en este tipo de actuaciones una manera de prostituir el mercado, a mí me parece interesante este tipo de iniciativas; básicamente porque diferencian un trabajo hecho con mimo y dedicación de otro hecho por precio.

Cada uno ha de saber dónde está su segmento de mercado, y el CLIENTE, como poseedor de la sabiduría suficiente, ha de discernir que valora.

Si partimos de la base de que nadie ofrece duros a cuatro pesetas, el mensaje está claro. ¡ Qué cada uno tome sus propias decisiones!

jueves, 17 de marzo de 2011

Asesor de empresas


¿Qué es un asesor de empresas?.

Durante mi etapa profesional como responsable financiero en distintas empresas, son muchas las veces que me he formulado esta pregunta y siempre he llegado a la misma conclusión: tenemos asesores fiscales, laborales, mercantiles, jurídicos, etc, pero es raro encontrar a, lo que yo entiendo, debe ser un asesor de empresas.
En mi humilde opinión un asesor de empresas debe reunir las siguientes características básicas:
  1.  Conocimiento extenso, aunque no profundo de un variado abanico de materias
  2.  Experiencia en el campo de batalla
  3.  Número reducido de clientes, al objeto de poder tener un profundo conocimiento de los mismos y de sus negocios.
  4.  Anteponer " lo que se debe hacer" a " lo que el cliente cree que se debe hacer".
  5.  Considerar que su trabajo no representa un coste para la empresa, sino una inversión con retorno a medio plazo.
Ahora sólo nos falte que la empresa detecte la necesidad de ser " asesorada"